Solicitud, trámite y gestión de licencias turísticas para inmuebles, apartamentos turisticos e inmuebles en general en Torrevieja, Alicante, Benidorm y alrededores. Si usted esta buscando informaci'on detallada acerca de licencia turistica para viviendas, lea el texto a continuación.
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PRECIO DE LICENCIA TURÍSTICA
El precio y la posibilidad de obtener la licencia turística depende del municipio donde está la vivienda. El precio del trámite de la licencia turística (si la vivienda ya tiene toda la documentación necesaria y obligatoria) es de 50€.
LICENCIA TURÍSTICA
Se consideran viviendas turísticas los inmuebles, cualquiera que sea su tipología, cuyo uso se ceda mediante precio, con habitualidad, en condiciones de inmediata disponibilidad, y con fines turísticos, vacacionales o de ocio. Conforme las normas de los Decretos 92/2009, de 3 de julio, y 75/2015, de 15 de mayo, del Consell de la Comunitat Valenciana, aquellas viviendas deberán disponer de la licencia turística, ya que la ausencia de la misma supone una infracción en la materia del turismo e implica la responsabilidad correspondiente. Es muy importante obtener la licencia turística para el correcto alquiler de su vivienda tanto por razones de cumplir con la legislación vigente, como con el objetivo de asegurar la actividad correspondiente. Una vez obtenida la licencia se considera que la vivienda cumple con todos los requisitos necesarios para el alojamiento turístico y puede ser alquilada para los usos vacacionales. Les presentamos nuestra guía de obtención de la licencia turística en Comunidad Valenciana y intentaremos resolver todas las dudas que les puedan surgir.
CASAS DE VACACIONES: GUIA PARA GESTIONAR VIVIENDA TURÍSTICA
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?
Personas físicas o jurídicas, sean o no los propietarios de las viviendas turísticas, que cedan inmuebles en condiciones de inmediata disponibilidad para su utilización por parte de los usuarios con una finalidad turística, vacacional o de ocio, siempre que dicha cesión se efectúe con carácter oneroso y habitualidad.
¿PARA QUÉ LA NECESITO?
Además, es necesario disponer de la licencia turística cuando se utilicen para la promoción de la vivienda y su publicidad canales de comercialización turística (AiRBnB entre otros). La publicidad, que se efectúe de las viviendas turísticas inscritas, deberá incluir, obligatoriamente, los números de registro de las citadas viviendas y sus categorías. Es decir, mientras uno no tenga la licencia turística no podrá anunciar los servicios de alquiler de la vivienda (AiRBnB, Booking, etc.) por no disponer del código de licencia, que ha de incluir este anuncio.
¿CÓMO SE TRAMITA LA LICENCIA?
El órgano responsable es El Servicio Territorial de Turismo de la provincia correspondiente (donde esté ubicada la vivienda oportuna), adonde hay que dirigirse con la siguiente documentación:
- Impreso normalizado, debidamente cumplimentado.
- Documentación acreditativa de la personalidad física o jurídica del solicitante.
- Licencia/s de primera ocupación de la/s vivienda/s o, en su defecto, declaración de que se dispone de ellas.
- Relación de viviendas de uso turístico.
- Declaración responsable del interesado acerca de disponibilidad del/de los inmueble/s y cumplimiento de los requisitos técnicos generales y específicos y su mantenimiento durante la vigencia de la actividad.
En caso de que dicho impreso y documentación sean conformes, el Servicio Territorial de Turismo inscribirá de oficio a la vivienda turística en el Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la Comunitat Valenciana y, a tal efecto, entregará al interesado un documento que acredite la inscripción. Una vez efectuada la comunicación el establecimiento deberá comenzar su actividad según lo expresado en el plazo máximo de dos meses.
¿QUÉ PASA EN CASO DE INCUMPLIMIENTO?
La actividad turística sin disponer la licencia relativa se considera como una infracción grave, que implica la imposición de multas y cierre del negocio, sin perjuicio de responsabilidad relativa que pueda surgir.
También queda prohibido a los clientes la utilización habitual de la vivienda turística y/o la pernocta en la misma de un número de usuarios superior al de la capacidad máxima del alojamiento o, en su caso, de la que se hubiese fijado en el contrato.
¿QUÉ REQUISITOS TIENE QUE CUMPLIR LA VIVIENDA?
Sobre todo, para solicitar la licencia turística la vivienda tiene que disponer de licencia de ocupación. Primera o segunda ocupación
Todas las viviendas deben clasificarse en tres categorías: superior, primera o estándar, siendo en todo caso los mínimos requisitos los siguientes:
- Ascensores a partir de que el piso se encuentre en la cuarta planta;
- Aislamiento térmico y acústico en todas las zonas;
- Agua caliente;
- Plano de evacuación situado en la puerta de la vivienda;
- Listado de teléfonos de urgencia y de interés situado en lugar visible.
Cocina ha de disponer de: hornilla de al menos 2 fogones, frigorífico, placa eléctrica, horno/ microondas.
La administración (l’Agència Valenciana del Turisme) podrá hacer las comprobaciones necesarias relativas al cumplimiento de los requisitos indicados y a la tenencia de la correspondiente documentación.
¿CÓMO HAY QUE TRIBUTAR POR UNA VIVIENDA CON FINES TURÍSTICOS?
La actividad de alquiler turístico viene aparejada con la autoliquidación de los impuestos, que se devenguen. Se tributa como un arrendamiento urbano, es decir, incluyendo los ingresos obtenidos por el desarrollo de la actividad como ganancias en la declaración de la renta anual. No precisa ni darse de alta como autónomo, no conlleva el pago de tasas alguna, así como tampoco implica tributación por IVA si el que lo explota es el propietario. El alquiler turístico es un servicio de alojamiento, no un establecimiento.
Despacho profesional de arquitectura y construccion “ARCOSTEC" les garantiza un plazo de 48 horas de tramitación oportuna de toda la documentación necesaria y su entrega a la autoridad competente con el fin de obtener la licencia turística para su vivienda. Pónganse en contacto con los profesionales: estaremos encantados de atenderles.