Una vez que la construcción de la vivienda ha finalizado hay que realizar una serie de trámites antes de poder ocupar la vivienda. Al principio es necesario emitir el certificado final de obra que acredita que la obra se ha realizado de acuerdo con la licencia de obras que se expidió al inicio de la construcción.

Licencia de primera ocupación

El promotor de la vivienda solicita la licencia tal vez el certificado de obra ha sido visado por el colegio de arquitectos. Esta licencia sirve para comprobar que las nuevas viviendas han sido ejecutadas en función de lo establecido en el proyecto técnico de obra presentado ante el ayuntamiento.

Además, la licencia sirve para confirmar que la vivienda se puede destinar al uso residencial y que, por tanto, se puede solicitar el servicio de electricidad, agua potable, gas y telecomunicaciones que son los suministros necesarios para vivir en la casa. Si no se tiene licencia de ocupación, el ayuntamiento cortaría el suministro de estos servicios. También es necesaria la licencia para escriturar la obra nueva.

Por otro lado, la licencia de primera ocupación se necesita cuando se quiere vender o comprar una vivienda porque si no tiene esta licencia, se puede anular la operación anular la operación e incluso se puede solicitar una indemnización de daños y perjuicios.

Hay tres tipos de licencias según el tipo de obra:

  • Edificios de nueva construcción y rehabilitaciones integrales.
  • Modificaciones de una construcción, como una ampliación, por ejemplo, incrementando el número de viviendas.
  • Modificación del edificio para otro uso, por ejemplo, transformando locales comerciales en viviendas.

A continuación, es probable que le pregunte cuánto tiempo deberás esperar para recibir la licencia, después de haber completado la solicitud.

Por lo general este tramite se gestiona en cuestión de días. Pero existen circunstancias puntuales o particulares que podrían elevar el tiempo de espera a varios meses.

Este tiempo dependerá explícitamente de cada administración pública. Puesto que algunas son más diligentes y ágiles que oras al momento de hacer las comprobaciones pertinentes. Aunque en la mayoría de lo casos los solicitantes de una licencia de Primera Ocupación tienden a esperar un mes por este documento.

Obtención de la licencia de primera ocupación

La licencia tiene que solicitarla el promotor en el caso de obra nueva o el propietario de la vivienda en el ayuntamiento, para su gestión es necesario presentar una serie de documentos.

  • DNI del solicitante
  • Certificado final de obra. Es el documento que redactan el arquitecto y arquitecto técnico de la obra cunado finaliza la obra y que tiene que estar visado por el colegio profesional correspondiente.
  • Acta de recepción definitiva de la obra
  • Boletín de las telecomunicaciones con la información de la instalación de los servicios de telecomunicaciones.
  • Informe de las empresas suministradoras sobre el sistema de conexiones.
  • Licencia de obra
  • Los certificados técnicos del cumplimiento de la normativa contra incendios y los certificados de instalación eléctrica.

El proceso para solicitar la licencia de primera ocupación se inicia con la revisión final de la obra por parte de la dirección facultativa que está formada por el arquitecto y arquitecto técnico.

El segundo paso es la firma del acta de finalización de obra por parte de la dirección facultativa, el promotor y el constructor.

Después, los arquitectos firman el certificado final de obra que debe ser visado por el colegio profesional correspondiente.

Tras estas gestiones es cuando el promotor tiene que solicitar la licencia de primera ocupación llevando el certificado final de obra y toda la documentación al ayuntamiento.

El siguiente paso es la revisión de la obra por los técnicos del ayuntamiento para comprobar que se ajusta a lo fijado en el certificado de obras y que no incumple las normas. Y por último si todo está correcto el ayuntamiento concede la licencia de primera ocupación.

Si van a encontrar algún desperfecto, deben avisar de las reparaciones al dueño para que lo solucionen. Una vez que ha sido solucionado el defecto, el ayuntamiento expide la licencia de primera ocupación.

Por lo tanto, el ayuntamiento puede denegar la licencia de ocupación si los técnicos municipales comprueban que la obra no se ajusta a las condiciones de la licencia de obras y las modificaciones que se han realizado van en contra de la normativa urbanística.

La licencia de primera ocupación, como hemos explicado, es un documento administrativo emitido por el ayuntamiento que confirma que las obras se han realizado de acuerdo con la normativa y la licencia de obras expedida previamente.

La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que la vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad, entre otras los metros por habitación. Se necesita un informe técnico de un arquitecto para solicitar la cédula en el ayuntamiento.

Por tal motivo , es crucial que disipes todas tus dudas al respecto antes de embarcarte en algún proceso constructivo o de rehabilitación y para ello le invitamos a contactar con nosotros.

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